Promoción del autocuidado en las empresas

3.5 Plan de comunicaciones

a) Las empresas o particulares cobijados por este protocolo deberán contar con un plan de comunicaciones donde se divulgue la información pertinente a todos los actores relevantes, incluyendo clientes, proveedores y personal, como las medidas contenidas en la Resolución 666 del Ministerio de Salud y Protección Social y aquellas contenidas en este protocolo, en relación con los síntomas de alarma, lineamientos y condiciones para la respuesta y atención ante la presencia del COVID-19 en el territorio nacional, así como aquellas tomadas en el departamento o municipio donde opera la empresa.

b) Establecer canales de comunicación directos y continuos con todos los trabajadores, clientes e involucrados en las cadenas de valor de las actividades acá descritas, donde se promueva el autocuidado y las pausas activas para desinfección.

c) Con el apoyo de la ARL promover mensajes informativos periódicos a los trabajadores y al personal que preste sus servicios en las empresas o sede, respecto de la implementación de medidas de prevención (distancia social, correcto lavado de manos, cubrimiento de nariz y boca con el codo al toser), uso adecuado de elementos de protección personal e identificación de síntomas (fiebre, tos seca y dificultad para respirar).

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